Derecho Militar
En casi todas las universidades públicas y privadas del país, no contemplan dentro de su programa de estudios, el Derecho Militar, pues se ha de considerar que es una rama única y exclusiva de la milicia y que los abogados que litigan en el fuero común, no pueden y deben trabajar en esta área jurídica poco explorada.
Es de mucha importancia saber que el único requisito para poder defender a algún militar que haya cometido algún delito es ser abogado titulado y tener cédula profesional expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, no importando de qué universidad provengan, en tanto que, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es la ley suprema, la cual debe estar por encima de cualquier código, incluyendo el Código de Justicia Militar, por tanto, el artículo 20 de la Constitución Federal y nuestra cédula profesional, son las llaves que nos permiten a los abogados a introducirnos a cualquier prisión y platicar con nuestros defendidos acerca de su problema a resolver.
En otros países, existen abogados especializados en Derecho Militar y en México, son muy pocos los que trabajan y especializan en esta área.
Las leyes que existen en el fuero militar son las siguientes.
- Código de Justicia Militar
- Ley de Ascensos de la Armada de México.
- Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales.
- Ley de Disciplina de la Armada de México.
- Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
- Ley del Servicio Militar.
- Ley a favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado.
- Ley Orgánica de la Armada de México.
- Otras…